Legislación Española
Ley de Ordenación del Comercio Minorista (Ley 7/1996)
Definición de Franquicia: Según el artículo 62, una franquicia es un sistema comercial en el que una empresa (franquiciador) cede a otra (franquiciado) el derecho de explotación de su negocio a cambio de una contraprestación económica. Esta ley proporciona el marco general para las actividades comerciales minoristas, incluyendo las franquicias.
Derechos y Obligaciones: Establece las obligaciones básicas del franquiciador hacia el franquiciado, como la transmisión de conocimientos técnicos y la asistencia continua.
Registro de Franquiciadores: Este decreto regula la inscripción obligatoria en el Registro de Franquiciadores. La inscripción incluye información detallada sobre el franquiciador, como sus datos de identificación, la propiedad de la marca, y la descripción del negocio.
Información Precontractual: Obliga al franquiciador a proporcionar al potencial franquiciado información completa y veraz con al menos 20 días de antelación a la firma del contrato. Esto incluye datos sobre la empresa, la experiencia en el sector, las características del sistema de franquicia y una estimación de las inversiones necesarias.